Federación de Enseñanza de CCOO de Aragón | 19 septiembre 2025.

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RESUMEN DE MESA SECTORIAL. 15/07/2025

  • Nuevos permisos y licencias
  • Se aprueba con acuerdo de las cinco organizaciones sindicales y la administración.

15/07/2025.
Permisos y licencias

Permisos y licencias

Permisos y licencias del personal docente.

Se aprueba con acuerdo de las cinco organizaciones sindicales y la administración. Después de dos años de negociación, se llega a acuerdo para la publicación de una nueva Orden de Permisos y Licencias que mejora sustancialmente las órdenes previas y recoge varias de las reivindicaciones que CCOO ha llevado a las mesas de negociación.

Entre las novedades podemos destacar:

  • Se unifican el funcionariado de carrera y el personal interino en una misma orden.
  • El permiso por fallecimiento de familiar de seis días hábiles podrá disfrutarse de forma interrumpida en el plazo de un mes desde el hecho causante.
  • Permiso para acompañamiento para la valoración de dependencia o discapacidad de hijos o hijas, cónyuges o familiares de primer grado, equiparado al acompañamiento al médico.
  • Permiso retribuido para las mujeres embarazadas a partir de la semana 37 y de la semana 35 en caso de embarazos múltiples
  • Permiso de seis semanas de lactancia para la madre biológica y cinco semanas para el otro progenitor/a
  • Lactancia superados los doce meses del o la menor en caso de hospitalización, adopción o acogimiento.
  • Preaviso de cinco días en el permiso parental y sin preaviso por causa justificada. La renuncia a la vacante de sustitución por causa grave sobrevenida será reversible en caso de que desaparezca la causa que provocó la renuncia.
  • Reducción de jornada por interés particular de hasta media jornada.
  • Aumento de dos a cuatro días anuales de libre disposición. Los dos días vienen a sumarse a los días de libre disposición ya vigentes según el acuerdo de Mesa Sectorial de 21 de junio de 2018. Estos días podrán distribuirse del siguiente modo:
    • Si no se ha disfrutado al menos un día hasta el 31 de diciembre, ese día se perderá.
    • Si no se ha disfrutado al menos otro día hasta el 31 de marzo, ese día se perderá.
    • Los días no disfrutados antes de las fechas de 31 de diciembre/31 de marzo podrán recuperarse si concurre una circunstancia excepcional que permita recuperar los días no empleados previamente.
    • Para disfrutar de tres o cuatro días ininterrumpidos a lo largo del curso tendrá que acreditarse una circunstancia excepcional debidamente justificada.
  • Permisos no retribuidos. Los permisos no retribuidos de hasta tres meses por curso escolar podrán disfrutarse de manera fraccionada hasta un máximo de tres veces.

Instrucciones de Organización y Funcionamiento de los Centros de Secundaria.

  • Se introduce una modificación en el punto segundo del artículo 81 consistente en que en los institutos que tengan 60 o más unidades y superen los 1500 alumnos y alumnas se podrá nombrar un jefe de estudios adjunto siempre que se imparta en el centro ESO, Bachillerato y FP. 
  • Este punto se aprueba sin acuerdo entre la Dirección General y las organizaciones sindicales. Proponemos un redactado distintos de la modificación, que no exija las dos características (60  o más unidades y 1500 matriculados/as) sino una de ellas. Además, trasladamos  que hay que actualizar otros puntos de las IOF, como el artículo 79, relativo a las horas del profesorado de secundaria.

Revisión del número máximo de licencias parcialmente retribuidas/año sabático. 

  • Se ofertaron 80 licencias, pero ha habido 86 solicitudes. Se propone aumentar a 90 el número de licencias para no tener que denegar ninguna. Se acepta la modificación por unanimidad.

Documentación asociada
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