Federación de Enseñanza de CCOO de Aragón | 12 diciembre 2024.

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Tiempos Escolares Convocatoria 2025-2026

  • ORDEN de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, por la que se realiza la convocatoria para la implantación de Proyectos educativos de organización de tiempos escolares en centros de Educación Infantil y Primaria, centros públicos integrados de Educación Básica y en centros de Educación Especial de la Comunidad Autónoma de Aragón, sostenidos con fondos públicos, para el curso 2025-2026.

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DESDE 26 DE NOVIEMBRE HASTA LAS 14:00 HORAS DEL DÍA 18 DE DICIEMBRE 2024

25/11/2024.
TIEMPOS ESCOLARES

TIEMPOS ESCOLARES

ORDEN ECD/1413/2024, ECD/ /2024, de 13 de noviembre, por la que se realiza la convocatoria para la implantación de proyectos educativos de organización de tiempos escolares en centros de Educación Infantil y Primaria, centros públicos integrados de Educación Básica y en centros de Educación Especial de la Comunidad Autónoma de Aragón, sostenidos con fondos públicos, para el curso 2025-2026.

 

El artículo 73 del Estatuto de Autonomía de Aragón establece que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia compartida en enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, que, en todo caso, incluye, entre otras, las funciones relativas a la ordenación del sector de la enseñanza y la actividad docente y educativa, su programación, inspección y evaluación y la formación y el perfeccionamiento del personal docente.

 

El artículo 8.1 a) del Decreto de 12 de julio de 2024, del Presidente del Gobierno de Aragón, por el que se modifca la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos, recoge que al Departamento de Educación, Cultura y Deporte se le atribuyen todas las competencias del anterior Departamento de Educación, Ciencia y Universidades, excepto las competencias en materia de universidades e investigación. Dichas competencias se encuentran en la actualidad en el Decreto 45/2024, de 20 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación, Ciencia y Universidades, de aplicación en tanto no se apruebe el Decreto por el que se establezca la estructura orgánica del Departamento de Educación Cultura y Deporte. Su artículo 1.1 señala que le corresponde las funciones de planifcación, implantación, desarrollo, gestión y seguimiento de la educación no universitaria en Aragón, así como el ejercicio de las funciones y servicios que corresponden a la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de enseñanza no universitaria.

 

Por Orden ECD/63/2016, de 16 de febrero, se regula la implantación de Proyectos educativos de organización de tiempos escolares en centros de Educación Infantil y Primaria y en centros de Educación Especial de la Comunidad Autónoma de Aragón, sostenidos con fondos públicos, y se realizó su convocatoria para el curso 2016-2017.

 

En los cursos posteriores se ha venido efectuando las correspondientes convocatorias para la implantación de dichos proyectos en los centros sostenidos con fondos públicos, con una importante participación y compromiso de la comunidad educativa. Es por ello que en el momento actual se estima oportuno efectuar la convocatoria correspondiente al curso 2025- 2026, para la implantación de este tipo de proyectos educativos.

 

En virtud de lo anterior, en el uso de las atribuciones conferidas por el Decreto 45/2024, de 20 de marzo, del Gobierno de Aragón, teniendo en consideración el Decreto de 12 de julio de 2024, del Presidente del Gobierno de Aragón, resuelvo:

Primero.— Objeto y ámbito de aplicación. La presente Orden tiene por objeto la convocatoria para la implantación de proyectos educativos de organización de tiempos escolares para el curso 2025-2026, en los siguientes centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón:

 

a) Centros de Educación Infantil y Primaria.

b) Centros Públicos Integrados de Educación Básica.

c) Centros de Educación Especial.

Segundo.— Objetivos de los proyectos. Los proyectos educativos de organización de tiempos escolares estarán basados en las necesidades e intereses del alumnado y deberán favorecer una mejor atención del mismo, así como la implantación e implementación de metodologías innovadoras que mejoren el desarrollo del aprendizaje y promuevan la equidad y la inclusión como seña de identidad del centro.

Tercero.— Innovación y participación educativa. El centro escolar desarrollará estrategias de innovación y participación respecto a metodologías, programas, organización de tiempos, espacios y agrupamientos, fundamentadas en la innovación que en ese momento se esté aplicando en el centro o que se vaya a iniciar o implementar.

INFORMACIÓN DETALLADA EN CONVOCATORIA

Documentación asociada
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