Federación de Enseñanza de CCOO de Aragón | 7 octubre 2024.

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Resumen Mesa Sectorial 26 mayo: Real Decreto de Integración en el Cuerpo de Secundaria del Profesorado Técnico de Formación Profesional (PTFP)

  • El borrador deja fuera del efecto retroactivo al profesorado interino y en prácticas.
  • El profesorado interino de las 10 especialidades que no pasan a Secundaria queda fuera de la aplicación, aunque tenga titulación universitaria
  • Para CCOO, en estas cuestiones el borrador de RD es jurídicamente incorrecto y contrario a las directivas europeas.

27/05/2022.
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En el borrador presentado se incluyen las modificaciones necesarias para mantener la atribución docente y otras cuestiones asociadas a cada especialidad concreta, aunque esté enmarcada en otro cuerpo y las modificaciones en el RD del reglamento de ingreso y acceso a la función docente para que los requisitos actuales de titulación no cambien. Para este ingreso docente, las especialidades que pasan a Secundaria quedarán enmarcadas en el Anexo V, pudiéndose ingresar a todas ellas con diplomaturas, ingenierías técnicas y arquitecturas técnicas. Por otro lado, las 10 especialidades que se incluyen en el nuevo cuerpo de especialistas en sectores singular quedan recogidos en el Anexo VI, que permite el ingreso con titulaciones de Técnico Especialista o Técnico Superior.

El RD establece un plazo inicial y un plazo posterior de 5 años desde la entrada en vigor de la LOMLOE, hasta el 19 de enero de 2026. La parte positiva es que se concreta lo que ya anunció el Ministerio en la anterior mesa sectorial respecto de que sólo será necesario la presentación de solicitud y requisito de titulación, que el paso para el profesorado que lo presente en el plazo inicial tendrá efectos retroactivos desde la fecha de entrada en vigor de la LOMLOE y que el profesorado de las 10 especialidades que no pasan a Secundaria pero que tenga titulación universitaria también pasará al cuerpo de Secundaria. Es importante destacar que todas estas cuestiones reivindicaciones originarias y fundamentales de CCOO.

La parte negativa es que se deja fuera del efecto retroactivo al profesorado interino y en prácticas. Las listas de profesorado interino de las especialidades que pasan a Secundaria pasarán a ser de este nivel y se les contratará como tal, pero no habrá ningún efecto retroactivo y al profesorado en prácticas se les reconocerá el efecto retroactivo sólo desde el momento que aprueben las prácticas. Por otra parte, el profesorado interino de las 10 especialidades que no pasan a Secundaria queda fuera de la aplicación, aunque tenga titulación universitaria. Para CCOO, en estas cuestiones el borrador de RD es jurídicamente incorrecto y contrario a las directivas europeas. Ante esta situación, las principales propuestas de CCOO en relación al borrador de RD son las siguientes:

  • Aplicación de todos los efectos y del carácter retroactivo completo a todo el profesorado que cumple los requisitos, también al profesorado interino y en prácticas.
  • Establecimientos de plazos que aseguren que una vez publicado el RD, las convocatorias de las diferentes CC. AA. realizarán el trámite de forma simultánea.
  • Asegurar que todo el profesorado pueda beneficiarse desde el primer momento, independientemente de su situación administrativa. Por tanto, es necesario ampliar los supuestos del artículo 12 y, además, aplicar ese efecto retroactivo a las personas ya jubiladas desde la entrada en vigor de la LOMLOE y que cumplen los requisitos.
  • Asegurar explícitamente que se tienen en cuenta también para el ingreso docente las titulaciones contempladas en las adicionales quintas de los RD de ordenación de los ciclos.
  • Convertir en indefinido, abierto y permanente el plazo para tener y presentar el requisito después del plazo inicial.

Respuestas del Ministerio:

  • El Ministerio ha descartado fijarles un plazo estricto a las CC. AA., aunque dice que le consta que son las primeras interesadas en no dilatarlo y en hacerlo más o menos simultáneamente, pero si valora establecer un plazo máximo amplio.
  • No acepta modificar la diferenciación entre los efectos para funcionariado de carrera en relación con profesorado interino y en prácticas.
  • Sobre la ampliación de los supuestos del artículo 12 han manifestado que van a estudiarlo.

Como, tras un desproporcionado retraso, el RD comienza ya su tramitación, exigiremos diligencia en los diferentes pasos prescriptivos de esta, en los que CCOO seguirá planteando todas estas cuestiones para que se contemplen en el texto final. Según los plazos habituales de tramitación, el RD podría estar publicado en el primer trimestre del próximo curso 2022-23, a partir de la cual las CC. AA. podrían publicar sus respectivas convocatorias.

Por otra parte, CCOO seguirá reivindicando que una vez hecho efectivo el paso al cuerpo de Secundaria de los PTFP, se establezca un complemento de equiparación salarial para aquellos/as que no cumplan el requisito de titulación universitaria, tanto de aquellos/as que queden en el cuerpo a extinguir de PTFP como de las 10 especialidades que quedan en el cuerpo de especialistas de sectores singulares de la Formación Profesional.

CCOO seguirá luchando también por su reivindicación histórica de que todos los cuerpos docentes sean grupo A1, incluyendo el cuerpo de maestros y de maestros de taller de artes plásticas y diseño.

En el punto de ruegos y preguntas CCOO ha planteado:

Su preocupación por las ofertas de empleo público de estabilización, ya que muchas ofertas no están siendo suficientes para llegar al objetivo de reducir la temporalidad al 8%.Lo incorrecto, a nivel práctico y jurídico, de que las plazas de reposición y las de estabilización no vayan por el mismo modelo de la transitoria 4ª, sumado a los problemas de ejecución de todas las plazas que conlleva de cara a cumplir el objetivo de reducción de la temporalidad.La necesidad, como ya ha planteado CCOO desde el inicio de las negociaciones de modificaciones del RD 276/2007 de simplificar también el acceso del funcionariado de carrera a otros cuerpo y su adquisición de nuevas especialidades.Hemos preguntado por la situación del posible acuerdo con las CC. AA. en relación a un procedimiento centralizado para la ejecución del concurso de méritos para la estabilización.Asimismo, CCOO ha señalado la necesidad de abordar de verdad en la Mesa Sectorial todos los temas que afectan a las condiciones del profesorado y que el ministerio presente propuestas para un Estatuto Docente que incluyan los aspectos fundamentales, y no las que ha presentado hasta ahora.

Estos aspectos fundamentales para CCOO son:

  • Reducción del horario lectivo.
  • Grupo A1 para todos los cuerpos docentes y nivel 26 para Secundaria y RE.
  • Jubilación voluntaria, anticipada e incentivada para todas y todos.
  • Regulación específica docente de salud laboral, teniendo en cuenta también los aspectos psicosociales.
  • Una mejora real de la formación inicial.Formación permanente con recursos y dentro del horario laboral.
  • Una verdadera carrera profesional atractiva, articulada y bien incentivada.
  • Revisión del ingreso primando aspectos pedagógicos.
  • Concreción de funciones del profesorado para evitar acumulación de tareas y exceso de burocracia.
  • Mejora y homologación al alza de las condiciones retributivas y laborales del profesorado, incluyendo también licencias y permisos y acción social.

En relación a estos últimos aspectos fundamentales para el profesorado, el Ministerio dice estar abierto a hablar de todas las cuestiones pero no da ni plazos, ni respuestas concretas ni prioridad de temas.

Sobre las cuestiones concretas de la estabilización, no asumen responsabilidad en la cuantía de las ofertas. En cuanto a la coordinación centralizada del concurso de méritos informan de que mayoritariamente las CC. AA. están de acuerdo, que están trabajando en ello y la intención sería que las convocatorias se publicaran en el primer trimestre del próximo curso escolar 2022-23, iniciándose inmediatamente el plazo de presentación de solicitudes. Lo que no están en condiciones de decir ahora es el tiempo necesario para la resolución del proceso.