Federación de Enseñanza de CCOO de Aragón | 11 mayo 2024.

16.10.2012

Bajas laborales y enfermedades graves y MNUZ: "Resolución de 16 de octubre de 2012 del Rector de la Universidad de Zaragoza, por la que se determinan los supuestos de aplicación de un complemento retributivo destinado a completar la prestación por incapacidad temporal por contingencias comunes del

En la Mesa Negociación de la Universidad de Zaragoza (MNUZ) de 4 de octubre de 2012, CCOO negoció y acordó dicha resolución, incluyendo anexo con el listado de enfermedades catalogadas como graves, en la que se incluyen propuestas de CCOO. El complemento por incapacidad temporal se estable en los máximos permitidos por el Decreto: 50% de las retribuciones percibidas en el mes anterior a la incapacidad en los 3 primeros días, 75% (entre prestación Seguridad Social o MUFACE y complemento) del cuarto al vigésimo día y 100% a partir del vigésimo primer día. También se abonará desde el primer día un complemento económico por enfermedad grave según anexo, dentro de los supuestos establecidos por el RD 1148/2011, de 29 de julio, y en las situaciones de riesgo durante el embarazo, la lactancia natural, maternidad, paternidad, adopción y acogimiento.

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