Federación de Enseñanza de CCOO de Aragón | 16 abril 2024.

Concurso de Traslados (Autonómico)

  • NOVEDAD: Resolución Adjudicación Definitiva (10/05/22)

03/05/2022.
Concurso

Concurso

NOVEDAD (10/05/22): Adjudicación definitiva

NOTA IMPORTANTE:

- Quienes hayan obtenido destino en una provincia diferente a la que venían prestando servicio durante el curso 2021-22, deberán solicitar a MUFACE el cambio de provincia a partir del 1 de septiembre de 2022.

- En caso de querer desarrollar una segunda actividad, se recuerda la obligatoriedad de solicitar autorización de compatibilidad cada curso escolar.

- Se presentarán por Registro electrónico dirigido al Servicio Provincial correspondiente:

1. Los cambios, si existieran, en los datos personales y de nómina.

2. El personal funcionario en prácticas, deberá presentar el documento "Juramento a la Constitución"

3. Quienes deseen adherirse al Plan de Pensiones, deberán cumplimentar la correspondiente "Hoja de adhesión".

Adjudicación provisional (11/03/2022)

Vacantes provisionales (03/03/2022)

Baremo definitivo (01/03/2022)

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Puede consultar el documento informativo sobre la utilización de la plataforma en este enlace.

El acceso a la aplicación se realizará obligatoriamente a través del sistema CL@VE mediante DNIe, Certificado Electrónico o Clave Permanente. Por tanto, todos los participantes deberán disponer de dicha identificación para poder presentar su solicitud.

SOLICITUD

PARTICIPACIÓN OBLIGATORIA EN EL CONCURSO DE TRASLADOS

a) Quienes hayan perdido su destino definitivo en cumplimiento de resolución firme de expediente disciplinario y no hayan obtenido un reingreso provisional.

b) Quienes hayan perdido su destino definitivo en cumplimiento de sentencia o resolución de recurso y no hayan obtenido un reingreso provisional.

c) Quienes hayan perdido su destino definitivo por supresión o modificación del puesto de trabajo que desempeñaban con carácter definitivo. A los efectos de esta convocatoria sólo tendrán el carácter de plazas expresamente suprimidas las correspondientes a la supresión de centros, siempre que ésta no haya dado lugar a la creación de otro centro, a la supresión de enseñanzas cuya impartición se haya extinguido en el centro sin que hayan sido sustituidas por otras equivalentes o análogas y a la supresión de puestos de trabajo que expresamente mediante resolución suponga la pérdida del destino definitivo que desempeñase.

d) Quienes se encuentren en la situación de reingreso con destino provisional.

e) Quienes se encuentren en la situación de excedencia forzosa con pérdida de su centro de destino, que no hayan obtenido un reingreso provisional y que hayan sido declarados en esta situación desde un Centro dependiente en la actualidad del Departamento de Educación, Cultura y Deporte.

f) Quienes se encuentren en la situación de suspensión de funciones, con pérdida de su centro de destino y que, cumplida su sanción, no hayan obtenido un reingreso provisional y que hayan sido declarados en esta situación desde un Centro dependiente en la actualidad del Departamento de Educación, Cultura y Deporte.

g) Causas análogas que hayan implicado la pérdida del puesto de trabajo que desempeñaban con carácter definitivo. El personal funcionario de carrera que finalice el periodo de tiempo por el que fue adscrito a puestos de trabajo docentes españoles en el extranjero está obligado, conforme a la normativa que rige la reincorporación a un destino en España, a participar, hasta la obtención de un destino definitivo, en todos los concursos de traslados convocados por la Administración educativa en la que prestaban servicios antes de su adscripción. De no hacerlo, podrá ser destinado de oficio, dentro de la Comunidad Autónoma en la que tuvo su último destino, a las plazas o puestos objeto del concurso para cuyo desempeño reúna los requisitos exigidos.

h) El personal funcionario provisional con destino en el ámbito de gestión de este Departamento que, estando en servicio activo, nunca han obtenido destino definitivo. Este personal únicamente podrá optar a plazas o puestos dependientes de la Administración educativa a través de la que accedieron o ingresaron en los cuerpos docentes.

i) El personal funcionario que a la fecha de la presente Resolución se encuentre nombrado como en prácticas. Este personal está obligado a obtener su primer destino definitivo en el ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de Aragón y por la especialidad por la que ha sido seleccionado. Además, podrá solicitar voluntariamente plazas a las que pueda optar desde la especialidad por la que haya superado el procedimiento selectivo